¿Has cobrado menos en el Ingreso Mínimo Vital este mes? Puedes reclamar

Muchos beneficiarios del IMV, al ver que la cantidad que han cobrado este mes era inferior a la normal, o simplemente han dejado de recibirla, han entrado en pánico.

¿Has cobrado menos en el Ingreso Mínimo Vital este mes? Puedes reclamar

Aunque los bancos suelen pagar esta prestación entre el 23 y el 28 de cada mes, el pago puede realizarse hasta el día 5 de cada mes. Si ya has cobrado la prestación y el importe es menor al de meses anteriores, puede deberse a que el INSS comprueba los ingresos de los beneficiarios del IMV a finales de año, en diciembre, y, si es necesario, ajusta el importe a la cantidad que le corresponde.

Para calcular la cantidad que recibe un beneficiario hay que tener en cuenta los ingresos del año anterior, en este caso, en Enero 2023, se actualizan los datos con los ingresos de 2022.

La Seguridad Social nos informa de que también hay muchos casos en los que las cuantías han aumentado, principalmente debido a una disminución de los ingresos u otros cambios en la situación personal, financiera o patrimonial de los beneficiarios.

Artículo 13. Modificación y actualización de la cuantía de la prestación


El Real Decreto-Ley 20/2020, publicado en el BOE, recoge esta actualización anual de la cuantía del IMV. Si este mes ha cobrado menos y no sabes por qué, probablemente encontrará la respuesta en el artículo 13 de este Real Decreto-Ley, que establece que:

  • 1) La modificación de la situación personal, económica o patrimonial del beneficiario del mínimo vital o de alguno de los miembros de la comunidad de convivencia podrá dar lugar a una reducción o aumento de la prestación económica mediante la oportuna revisión por parte del órgano gestor.
  • 2) En todos los casos, la cuantía de la prestación se actualizará el 1 de enero de cada año en función de los ingresos anuales imputables del año anterior. Si una modificación de los ingresos anuales computables del año anterior diera lugar a la supresión de la prestación, ésta también surtirá efecto a partir del 1 de enero del año siguiente al que correspondan los ingresos en cuestión.

Por lo tanto, si has cobrado menos, es que la Seguridad Social ha recalculado el Ingreso Mínimo Vital en función de los ingresos que tuviste en 2022. En cambio si te han quitado la prestación, significaría que tus ingresos en 2022 superaron los máximos permitidos para cobrar la prestación.

Cuantías actualizadas en diciembre para 2022


A continuación encontrará las actualizaciones de diciembre del patrimonio neto máximo para cada tipo de convivencia que no debe superar para tener derecho a la prestación.

Ingresos máximos para cobrar el IMV según el número de integrantes de la familia:

  • Adulto soltero. 16.917,60 euros (tres veces la renta garantizada para un adulto).
  • Un adulto y un menor. 23.684,64 €
  • Un adulto y dos menores. 30.451,68 €
  • Un adulto y tres o más menores. 37.218,72 €
  • Dos adultos. 23.684,64 €
  • Dos adultos y un menor. 30.451,68 €
  • Dos adultos y dos menores. 37.218,72 €
  • Dos adultos y tres o más menores. 43.985,76 €
  • Tres adultos. 30.451,68 €
  • Tres adultos y un menor. 37.218,72 €
  • Tres adultos y dos o más niños. 43.985,76 €
  • Cuatro adultos. 37.218,72 €
  • Cuatro adultos y un niño. 43.985,76 €


Como puedes hacer una reclamación

Si no estás de acuerdo con la cuantía actualizada o si te han retirado la prestación por haber superado los límites de renta y/o patrimonio, lo mejor es presentar una reclamación.

Ésta debe hacerse siempre por escrito y presentarse en la oficina de la Seguridad Social en línea o en el buzón del INSS. Otra posibilidad es acudir personalmente a la oficina de la Seguridad Social o recibir una carta administrativa de una oficina de correos.

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