Ahora las empleadas del hogar también tienen derecho a Paro.

Ha sido aprobado el derecho a las empleadas del hogar a poder percibir la prestación por desempleo, te lo contamos todo en este articulo.
El gobierno ha aprobado este derecho que entrará en vigor el 1 de Octubre 2022
El Gobierno ha aprobado el RDL 16/2022, para mejorar las condiciones de trabajo de los empleados de hogar. Se permite el acceso a las prestaciones y subsidios por desempleo, se mejoran las condiciones de protección de la Seguridad Social y hay un mayor control de las posibles situaciones de despido.
Fue publicado en el BOE el 8 de Septiembre con entrada en vigor a partir del 1 de Octubre. Por fin las empleadas y empleados de hogar tendrán derecho a paro. Esta medida beneficiará a un colectivo de más de 400.000 personas, que hasta ahora no podían acceder a las prestaciones por desempleo.
A partir del 1 de Octubre 2022
Los y las empleadas del hogar empezarán a cotizar por el desempleo a partir del 1 de Octubre de 2022, esto no quiere decir que ya se puedan coger el paro, sino que empiezan a cotizar como lo haría cualquier otro trabajador.
Esto quiere decir que tienen que cumplir unos requisitos para poder solicitar el subsidio por desempleo.
¿Cuándo puede una empleada del hogar recibir prestaciones de desempleo?
Existen dos condiciones para percibir las prestaciones por desempleo: la acumulación suficiente de desempleo y el desempleo legal.
La situación legal de desempleo se produce cuando la trabajadora doméstica pierde involuntariamente su empleo y el empleador comunica por escrito, de forma clara e inequívoca, su intención de poner fin a la relación laboral y los motivos de la extinción.
Por lo tanto, es importante que la terminación de la relación laboral se deba a razones ajenas a la voluntad de la empleada. Este no sería el caso, por ejemplo, si el empleado hubiera solicitado la baja voluntaria (despido), ya que no estaría legalmente en situación de desempleo y, por tanto, no tendría derecho a las prestaciones por desempleo.
El trabajador no sólo debe estar en situación legal de desempleo, sino también tener suficientes cotizaciones acumuladas y no utilizadas en el seguro de desempleo.
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Aquí no se hace ninguna distinción: Se aplican las mismas normas que para el derecho al subsidio de desempleo de los demás trabajadores. El derecho al subsidio de desempleo depende del número de días cotizados por el trabajador doméstico:
He cotizado más de un año.
Para tener derecho al subsidio de desempleo, debe haber cotizado al menos 360 días. El número de días por los que se tiene derecho al subsidio de desempleo depende del número total de días cotizados. Existe una regla sencilla para calcularlo: «un mes de subsidio de desempleo por cada tres meses cotizados».
Durante los seis primeros meses de desempleo, una empleada del hogar percibe el 70 % de su cuantía básica normal; a partir del séptimo mes (día 181), su desempleo se reduce y sólo recibe el 50 % de la cuantía básica.
He cotizado durante menos de un año
Si un trabajador doméstico no ha cotizado durante más de un año y pierde su empleo, puede recibir el subsidio de desempleo. Para ello, debe cumplir una serie de condiciones, entre ellas un límite de ingresos (los ingresos de la familia no deben superar el 75% del salario mínimo).
Por ello, si la empleada del hogar tiene cargas familiares, puede solicitar la ayuda familiar, que solo requiere 3 meses de cotización. La duración del subsidio varía de 3 a 21 meses, en función del número total de días trabajados por la empleada.
Si no tiene responsabilidades familiares, puede solicitar el subsidio por insuficiencia de cotizaciones, siempre que haya cotizado como mínimo durante 6 meses. Esta ayuda es de 463 euros si ha cotizado a jornada completa.